sábado, 31 de enero de 2015

Entérate bien de la nueva ley de información de alérgenos, ya vigente para todos los restaurantes.

En los últimos quince años el número de personas que sufren alergia alimentaria se ha multiplicado por dos, hasta el punto de que más del 10% de la población declara algún tipo de intolerancia. Para garantizar su seguridad y equipararlos en derechos, la nueva ley de alérgenos, recogida en el Reglamento Europeo 1169/2011 establece que todas las empresas operadoras de colectividades tendrán que informar de los alérgenos que contengan sus platos.
Ahora bien ¿cómo hay que hacerlo? ¿desde cuándo? ¿quién está obligado? ¿qué alergenos hay que declarar y qué pasa si no lo haces? La ley es extensa, pero se explica en seis puntos clave:

1. ¿Cuál es el objetivo de la nueva ley de alérgenos? 

Facilitar la información de los platos con alérgenos.

2. ¿Quién debe cumplir la ley? 
Una de las principales novedades de este reglamento es que incluye a los alimentos no envasados, entregados por colectividades: restaurantes, bares, caterings, comedores públicos (colegios, hospitales…) y máquinas expendedoras.

3. ¿Cuándo entra en vigor? 
Aunque se puede hacer desde ya, el artículo 55 del Reglamento establece el 13 de diciembre de 2014 como fecha límite.

4. ¿Cuáles son los alérgenos de los que se debe informar? 
El Reglamento establece como obligatoria “la información sobre todo ingrediente que cause alergias o intolerancias y se utilice en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en forma modificada”.
Para facilitar su aplicación, recoge un listado de sustancias alérgicas que deben indicarse de forma clara, incluso cuando exista la posibilidad de que se hayan filtrado sólo trazas de éstas. El reglamento incluye las 14 sustancias alérgicas como los lácteos, el pescado y el gluten; y otros menos conocidos como el apio, el sésamo o el sulfito.

5. ¿Cómo puedes hacerlo? 
La norma europea obliga a informar de la presencia de alérgenos. Lo más recomendable es escrita y en el menú(aquí tienes varias ideas para informar a tus clientes de los alérgenos).

6. ¿Qué pasa si no cumples la nueva Ley de alérgenos? 
Ahora, en caso de que un cliente o consumidor final sufra una reacción alérgica o intolerancia, con la nueva Ley la responsabilidad recae sobre el restaurante, que puede enfrentarse a sanciones.


La nueva Ley de Información Alimentaria (Alérgenos) cuenta con un anexo en el que se listan todos las sustancias que suponen un riesgo para las personas que sufren alergias o intolerancias alimentarias. Recuerda que debes advertir de su presencia en los platos, aunque sólo exista la posibilidad de que haya trazas de alguno de ellos. Aquí tienes el listado de los 14 alérgenos de los que todo hostelero deberá informar a partir del 13 de Diciembre de 2014:

1. Cereales que contengan gluten Trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados. 
En este punto quedan excluidos los jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa; las maltodextrinas a base de trigo; los jarabes de glucosa a base de cebada; y los cereales que se utilizan para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola.

2. Crustáceos y productos a base de crustáceos.

3. Huevos y productos a base de huevo.

4. Pescado y productos a base de pescado. 

Salvo gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides y gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.

5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.

6. Soja y productos a base de soja. 

Aunque no habrá que informar si contienen aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados; tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja; fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja; o ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.

7. Leche y sus derivados. 
Este punto incluye la lactosa, pero no el lactosuero utilizado para hacer destilados alcohólicos ni el lactitol.

8. Frutos de cáscara, es decir: Almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados.

9. Apio y productos derivados.

10. Mostaza y productos derivados.

11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.

12. Dióxido de azufre y sulfitos
 en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.

13. Altramuces y productos a base de altramuces.

14. Moluscos y productos a base de moluscos.


Fuente: http://www.makro.es/public/Alergenos

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ESTA SEMANA.....

PARA VER NUESTRO MENÚ SEMANAL VE A: ENLACE A WEB OFICIAL C.D.S.C.M. RUIZ DE ALDA